Todo acusado es inocente hasta que se pruebe su culpabilidad
Hadith 22
الْبَيِّنَةُ عََلى اْلمُدَّعِى وَالْيَمِينُ عََلى اْلمُدَّعَى عََليْهِ
La carga de la prueba recae sobre el demandante, y la del juramento sobre el que es acusado
(Tirmidhi)
Hadith 23
َلوْ ُ كنْتُ رَا ِ جمًا َأحَدًا ِبغَيِْر بَيِّنَةٍ َلرَجَمْتُهَا
De haber lapidado a alguien sin pruebas, la habría lapidado a ella.
(Muslim)
Comentario
a. En la primera narración, el Mensajero de Allah explicó que la prueba debe ser proporcionada por la persona que hace la acusación. Si él no tiene pruebas pero hace una acusación, entonces el acusado puede hacer un juramento sobre su posición y de esa manera la acusación es rechazada por el Juez. Esto sirve como evidencia de que el acusado es inocente hasta que se demuestre que es culpable.
b. En la segunda narración, la conjunción “ لو ” (si) en el idioma árabe denota abstención debido a la ausencia de algo, así que en este caso significa que el apedrear no fue llevado a cabo debido a la ausencia de evidencia.
c. Esto confirma que el Profeta no apedreó a la mujer mencionada debido a la ausencia de evidencia aunque hubiera fuerte sospecha del adulterio.
d. En una narración de ibn Abbas (ra) éste explica que la mujer en cuestión fue alguien que hizo públicamente manifiesto el mal después de que hubiera llegado a ser musulmana. Imam Ibn Hajr dijo que los indicios son que había duda sobre ella debido a su entorno y a las personas que la visitaban. El imán Nawawi mencionó que el significado de que hizo público el mal es que fuera conocida por ello y que esto era famoso, sin embargo no había evidencia clara ni ella lo confesó (la evidencia que se requiere para demostrar fornicación son cuatro testigos o la confesión directa). Por lo tanto el hadith es evidencia de que el Hudood no es establecido por noticias incluso si es del conocimiento público a menos que sea demostrado por evidencia de la Sharia.
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